MINISTERIO DE JUSTICIA
Cuerpos y escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia
Orden JUS/782/2009, de 10 de marzo, por la que se convocan a concurso de traslado, plazas vacantes y de nueva creación entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.
Cuerpos y escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia
Orden JUS/782/2009, de 10 de marzo, por la que se convocan a concurso de traslado, plazas vacantes y de nueva creación entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.
PDF (BOE-A-2009-5336 - 9 págs. - 237 KB)
VACANTES BOE MINISTERIO AUXILIO 10-3-2009 (PDF)
VACANTES BOE MINISTERIO GESTION 10-3-2009 (PDF)
VACANTES BOE MINISTERIO TRAMITACION 10-3-2009 (PDF)
RESULTAS MINISTERIO GESTION 10-3-2009 (PDF)
RESULTAS MINISTERIO AUXILIO 10-3-2009 (PDF)
RESULTAS MINISTERIO TRAMITACION 10-3-2009 (PDF)
RESULTAS TRANSFERIDAS AUXILIO 10-3-2009 (PDF)
RESULTAS TRANSFERIDAS GESTION 10-3-2009 (PDF)
RESULTAS TRANSFERIDAS TRAMITACION 10-3-2009 (PDF)
formulario de Instancia (DOC)
ALGUNOS PUNTOS IMPORTANTES DE LA ORDEN JUS/782/2009
Las vacantes se identificarán por el número de orden del órgano judicial. Con la sola solicitud del número de orden de un órgano judicial se entienden pedidas todas las vacantes del Cuerpo existentes en dicho órgano.
Los funcionarios participantes deberán asegurarse de que los números de orden de convocatoria que especifiquen en su instancia corresponden a los publicados para este concurso, tanto en el Anexo I como en las resultas, a fin de evitar que se indiquen otros códigos correspondientes a otros concursos.
En este concurso general anual y a resultas, el número máximo de órganos judiciales que se podrá solicitar entre plazas vacantes y resultas, no podrá superar los 200 números de orden, entendiendo que cada número de orden comprende todos los puestos de trabajo del órgano judicial, tanto vacantes como resultas, en su caso.
Los funcionarios que participen en el concurso deberán asegurarse de que los números de orden de convocatoria que solicitan se corresponden exactamente con las denominaciones de los órganos judiciales ofertados, ya que transcurrido el plazo de presentación no se admitirá ninguna modificación a la solicitud formulada ni renuncia en caso de adjudicación.
Los funcionarios de los Cuerpos o Escalas de Gestión, Tramitación y Auxilio sólo podrán participar si en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias ha transcurrido un período de dos años desde que se dictó la resolución por la que se convocó el concurso de traslado en el que el funcionario obtuvo su último destino definitivo en el Cuerpo o Escala desde el que participa, o la resolución en la que se le adjudicó destino definitivo, si se trata de funcionarios de nuevo ingreso Para el computo de los años se considerará como primer año el año natural en que se dictaron las resoluciones de que se trate, con independencia de su fecha y como segundo año, el año natural siguiente (art. 46.1 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre).
Los funcionarios destinados definitivamente en puestos de trabajo de los Cuerpos y Escalas de Gestión, Tramitación y Auxilio, así como los que se encuentren en situación de servicios especiales y excedentes por cuidado de familiares que tengan reservado su puesto de trabajo, radicados en el territorio nacional, sin competencias transferidas, presentarán su solicitud señalando el recuadro V-1 del anexo II de esta Orden, cumplimentando todos los apartados que se le exijan, en el plazo de diez días naturales siguientes al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», dirigida al Director General de Relaciones con la Administración de Justicia, en el Registro de Entrada de la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia que corresponda al Tribunal o Juzgado en que estuvieran destinados.
La solicitud formulada será vinculante para el peticionario una vez transcurrido el período de presentación de instancias, en el sentido de que no será posible modificar la misma. Si alguien desea rectificar su instancia podrá presentar una nueva solicitud, para el mismo Cuerpo/Escala en el que participaba, antes de la finalización del plazo de presentación de instancias, la cual anulará automáticamente la presentada anteriormente.
Para los funcionarios que perciban sus retribuciones por el ámbito territorial del Ministerio de Justicia existe la posibilidad de rellenar la instancia por medios telemáticos a través de la Intranet del mismo.
Aquellos funcionarios que cumplan los requisitos temporales para participar en este concurso y hayan recibido la clave y las instrucciones necesarias podrán acceder a dicho servicio. Los funcionarios que no hayan recibido su clave correspondiente no podrán acogerse a lo especificado en este punto.
Aquellos funcionarios que cumplan los requisitos temporales para participar en este concurso y hayan recibido la clave y las instrucciones necesarias podrán acceder a dicho servicio. Los funcionarios que no hayan recibido su clave correspondiente no podrán acogerse a lo especificado en este punto.
Los concursantes que opten por esta modalidad deberán presentar el modelo de instancia en el impreso definitivo generado por el asistente informático, no el borrador, ya que éste no tendría validez. Dicha presentación se realizará por el sistema ordinario, de cuerdo con lo especificado en los puntos 1 al 8 de la presente base.
Una vez que haya entregado por esta modalidad la instancia y desee modificar la misma dentro del plazo de presentación de solicitudes, ya no podrá hacerlo mediante el asistente informático, sino que deberá hacerlo en soporte papel rellenando los modelos que figuran como anexo II de la convocatoria y presentarla según lo indicado en los referidos puntos 1 al 8 de la presente base, siendo válida la solicitud que tenga el sello del registro de entrada con fecha posterior, quedando anulada, por tanto, la anterior.
Una vez que haya entregado por esta modalidad la instancia y desee modificar la misma dentro del plazo de presentación de solicitudes, ya no podrá hacerlo mediante el asistente informático, sino que deberá hacerlo en soporte papel rellenando los modelos que figuran como anexo II de la convocatoria y presentarla según lo indicado en los referidos puntos 1 al 8 de la presente base, siendo válida la solicitud que tenga el sello del registro de entrada con fecha posterior, quedando anulada, por tanto, la anterior.
EL MINISTERIO NOS HA CONFIRMADO QUE MAÑANA SE PUBLICARÁN EN EL BOE LOS ANEXOS I, II Y IV.
EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES SERÁ:
TERRITORIO DEL MISNISTERIO: DEL 2 AL 11 DE ABRIL
TRASFERIDAS: DEL 1 AL 11 DE ABRIL
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