Los jueces se protegen contra sanciones disciplinarias por desatención y retraso injustificado en la tramitación o incumplimiento de plazos.


Según la “Instrucción sobre el ejercicio de las facultades de dirección e inspección por los jueces y magistrados” del CGPJ que se publicará en el BOE, los jueces, con el fin de quedar cubiertos ante posibles sanciones disciplinarias por desatención o retraso podrán realizar lo siguiente:

A) Comprobar la constatación del cumplimiento de lo acordado en las resoluciones judiciales (dictadas en el ejercicio de su facultad de dirección) mediante:

1. La dación de cuenta por parte del Secretario.

2. La información que le facilite el funcionario “responsable de la tramitación”.

3. El examen directo.

B) En el ejercicio de la facultad de inspección podrán requerir al secretario judicial (cuando lo crea conveniente y, en todo caso, cuando detecte un posible retraso) para:

1. La elaboración de un listado que recoja de manera individualizada todos los asuntos, con indicación de la fase procesal y diligencias pendientes.

2. La confección de una relación individualizada de escritos pendientes.

C) A la vista del resultado de la inspección podrán:

1. Requerir al Secretario para que corrija las disfunciones y anomalías.

2. Dar cuenta al Secretario de Gobierno.

3. Promover la exigencia de responsabilidad disciplinaria.

Es de destacar que las directrices previstas en esta Instrucción serán de aplicación a las UPAD y no a los Servicios Comunes Procesales, pero ojo, será de aplicación a todos los órganos judiciales en los que aún no se haya desplegado la organización de la Oficina Judicial, o sea, a todos.

Ni que decir tiene que esos listados y relaciones nos corresponderá realizarlos a nosotros, con el consiguiente aumento de trabajo sin remunerar que representa. También se nos hace responsable de la tramitación y se nos puede expedientar fácilmente por ello, sin que tampoco se nos page por asumir esa responsabilidad, hasta ahora de los secretarios.

Como era de esperar vamos a peor a pasos agigantados. Las quejas, escritos y recursos de nada sirven.

Pero lo peor de todo, es que esto acaba de empezar.

INSTRUCCIÓN CGPJ

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