Reducción de las pensiones por incapacidad permanente o inutilidad


El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que regula las previsiones contenidas en la Ley de Presupuestos respecto a las pensiones de jubilación y retiro de las Clases Pasivas del Estado y las indemnizaciones reconocidas a ex presos sociales.

Supone una reducción porcentual de hasta el 25 por 100 de la cuantía de las pensiones ordinarias de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad cuando los beneficiarios de dichas pensiones acrediten menos de veinte años de servicios al Estado, y la incapacidad o inutilidad que motive la jubilación o el retiro no inhabilite a su titular para toda profesión u oficio. Por lo tanto, esta reducción no afecta a los incapacitados absolutos y grandes inválidos, ni a los incapacitados en acto de servicio.

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