
Queda sin efecto la anterior corrección, anulando las líneas añadidas al final del segundo párrafo del punto Sexto, corrigiéndose el tercer párrafo del mismo punto en el siguiente sentido:
Los funcionarios que reingresen y estén en activo en cualquiera de los Cuerpos de Gestión, Tramitación o Auxilio, tienen veinte días naturales para tomar posesión, contándose este plazo, para los que reingresen en Tramitación, desde el 19-10-2009 y para los que reingresen en Gestión o en Auxilio (ya que puede haber funcionarios con destino, p.ej., en Tramitación, que deseen reingresar a Auxilio) desde el 26-10-2009.
Se debe dejar lo indicado en el párrafo segundo del punto Sexto, pues el reingreso también puede ser de funcionarios procedentes de excedencia por interés particular, agrupación familiar o suspensión de funciones, con lo que estos tienen derecho a tomar posesión desde el día de la publicación de la resolución del concurso en el BOE, según el art. 52 del R.D. 1451/2005, de 7-12.
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